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ADMISION DE ALUMNOS
ESO y Bachillerato

Curso 2025-26

Admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, para cursar en el Curso académico 2025-2026 enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Programas de Formación para la Transición a la vida Adulta.

 

Información general

 

El proceso de admisión al que nos referimos es el que se aplica al alumnado que pretende cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria , bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta.

La Ley Orgánica2/2006, de Educación (LOE), regula la escolarización en centros públicos y privados concertados, y que se ha visto modificada por la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre (LOMLOE).

En cuanto a disposiciones de carácter general, está constituido por: DECRETO 52/2018, modificado por el DECRETO 32/2021 y la ORDEN EDU/70/2019, modificada por la ORDEN 1623/2021.

La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).

 2025 Resolucion EI EP ESO BACH

 

Participación en el proceso de admisión.

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO y Bachillerato.

 

-ver apartado-

Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género.
  • Discapacidad sobrevenida.
  • Traslado de la unidad familiar (movilidad forzosa).
  • Incorporación al sistema educativo.
  • Adopción o acogimiento.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Cambios de centro realizados de oficio por la dirección provincial.

Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso

 

 

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